La duración del trabajo no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, para toda persona en relacion de dependencia, obras públicas o privadas, aunque no tengan fines de lucro.
Esta limitacion no impide que alla una duracion menor del trabajo.
Hay excepciones por por distintos motivos como edades, horarios, regiones.
Esta limitacion no impide que alla una duracion menor del trabajo.
Hay excepciones por por distintos motivos como edades, horarios, regiones.
1 comentarios:
Hola somos Juan,Gonza,Alan,Euge
nos parece muy bien este trabajo para que la gente se informe de este problema y trate de ayudar a los que lo necesitan.
¡BIEN HECHO!
Publicar un comentario